martes, 24 de febrero de 2015

Contratación de extranjeros no residentes

Contratación de extranjeros no residentes
Es posible que un empresario se plantee la contratación de un extranjero no comunitario que no resida en España y a continuación se explican cuáles son los requisitos que se deben de dar para poder realizar este trámite y que se autorice a trabajador a residir y trabajar en nuestro país.

Uno de estos requisitos es, salvo que se nos encontremos en algún tipo de situación excepcional, que la situación nacional de empleo permita que se realice esta contratación lo que ocurre en el caso de que la misma esté incluida en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura o bien, si el empleador acredita la dificultad para contratar personal para esa ocupación ante los servicios de Empleo.

Es necesario, además, que el empresario contratante garantice que tiene medios económicos, materiales y personales para desarrollar su proyecto y, por lo tanto, que garantiza un actividad prolongada en el tipo para el trabajador cuya contratación debe ser acorde a la legislación laboral vigente.

Por último, el trabajador tiene que cumplir con los requisitos mínimos para poder ser autorizado a residir y trabajar en nuestro país, requisitos entre los que se exigen no estar en situación irregular y carecer de antecedentes penales.


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