domingo, 12 de abril de 2015

Tarjeta de residencia comunitaria

Tarjeta de residencia comunitaria
La solicitud de la tarjeta de residencia comunitaria puede ser realizada por aquellos familiares de ciudadanos españoles o nacionales de otros Estados de la Unión Europea que no ostenten la nacionalidad de los mismos. El motivo de la solicitud debe ser la de reunirse con su familiar o querer residir en España durante un periodo superior a tres meses.

La tarjeta comunitaria para los familiares la realizará el ciudadano español en la oficina de extranjería correspondiente a su provincia o en la comisaría de policía. Se otorga un plazo de tres meses desde la llegada de los familiares al territorio español. Puesto que la Administración tarda aproximadamente unos tres meses en otorgar la tarjeta de residencia comunitaria definitiva, se entregará un resguardo provisional como certificado de que el procedimiento de solicitud de la tarjeta está en proceso, lo que querrá decir que se está residiendo de forma legal. Para realizar la solicitud, junto al impreso oficial facilitado por la Administración, se tendrán que acreditar los vínculos familiares y aportar los datos que la identifican. Además, habrá que pagar las tasas administrativas correspondientes.

Una vez expedida, la tarjeta de residencia tendrá una validez de cinco años.


CONSULTA ON-LINE GRATUITA