sábado, 30 de mayo de 2015

Determinar la competencia judicial internacional

¿Ante qué tribunal de qué estado se plantea el litigio?¿Qué ley se aplica? ¿Cómo hacer para que la sentencia de un país pueda ser ejecutada en otro estado? 

Ante un proceso internacional, el primero paso es resolver estas tres cuestiones sobre competencia judicial internacional, ley aplicable y exequátur.

Lo primero que tenemos que tener para aplicar el sistema de competencia judicial internacional es una relación jurídico-privada internacional litigiosa. Así, nos vamos a encontrar con una serie de normas que nos van a decir si los tribunales de un estado pueden conocer de un caso, o dicho de otra manera, si tienen competencia judicial internacional para solucionar el caso. 

Este concepto no debe confundirse con el de jurisdicción, ya que cuando se habla de jurisdicción, se trata del poder que tienen los jueces de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, es decir, la soberanía jurisdiccional. Esa potestad de juzgar que tiene el juez, se extiende a todas las personas, materias y a todo el territorio español. Es decir, tiene soberanía jurisdiccional pero solo pueden conocer de determinados asuntos, que determinarán las normas de competencia judicial internacional,

En definitiva, cada estado tiene libertad absoluta para decidir sobre qué litigios sus tribunales son competentes, es decir, cada estado es libre para decidir su sistema de competencia judicial autónomo. Los únicos límites que podrán imponerse serán los establecidos por la normativa del Derecho Internacional público, que fijará tres objetivos (competencia objetiva, competencia funcional y competencia territorial) para determinar qué tribunal conocerá
de cada caso concreto.


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