miércoles, 11 de noviembre de 2015

Adquisición de la nacionalidad por parte de los sefardíes: los documentos adicionales

Adquisición de la nacionalidad por parte de los sefardíes
Los documentos que deben aportarse junto al certificado que prueba la condición de sefardí originario son:
  • Una copia de los estatutos de la entidad, o al menos de las páginas de dicho estatuto en las que aparezcan la constitución, el objeto social y los cargos de la entidad. Además, deberán estar traducidas por un Traductor Jurado, e incluir tanto la firma legalizada por un notario, como la Apostilla de la Haya.
  • Un certificado emitido por la Autoridad Gubernamental correspondiente, que acredite la inscripción de la Comunidad en el registro de entidades religiosas correspondientes, certificado el cual, deberá estar Apostillado.
  • Un certificado emitido por la entidad religiosa, que acredite la vigencia del cargo del Presidente firmante, certificado que deberá estar legalizado y Apostillado.
  • Por último, para el caso de que se aporte un certificado del Rabino oficial de la Comunidad correspondiente, además de los documentos anteriores, se tendrá que añadir también un certificado del Presidente de dicha Comunidad, en el que se reconozca que el Rabino firmante tiene capacidad para ejercer dicha función y que su cargo está vigente. Dicho certificado deberá estar también legalizado y Apostillado.
Si todavía no le acaba de quedar claro cuáles son los documentos que han de aportarse junto al certificado, o necesita información y asesoramiento sobre ciertos aspectos que estén también estrechamente relacionados con la adquisición de la nacionalidad, ¡No lo dude! Visite nuestro despacho, la especialización de nuestro equipo en estos asuntos será su mayor garantía.


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