En España, los extranjeros en situación legal tienen el derecho a reagrupar familiares si cumplen determinadas circunstancias.
Para conseguir el permiso de reagrupación familiar, deben aportarse ciertos documentos como el N.I.E, pasaportes, certificados de nacimiento o de matrimonio traducidos y legalizados, empadronamientos, nóminas que acrediten tener medios suficientes para vivir, declaraciones de la renta, tarjeta sanitaria, informes de vivienda, etc.
Además, si se quiere reagrupar a un cónyuge habrá que demostrar la no convivencia con otra persona, o si se reagrupan menores, demostrar la patria potestad sobre ellos.
No siempre es fácil recordar la cantidad de datos que hacen falta, ni mucho menos saber dónde y cómo conseguirlos.
Para ello, lo ideal es ponerse en manos de un profesional. Desde nuestro despacho de abogados de Barcelona, le asesoramos sobre todo esto, y le ayudamos a tramitar su permiso: solicitaremos cita en la Oficina de Extranjeros, rellenaremos su solicitud, solicitaremos el Informe de Vivienda, y seguimos la tramitación de su expediente hasta que se resuelva por completo.
En caso favorable, le asesoraremos sobre cómo solicitar el visado, y si se le deniega, plantearemos el correspondiente recurso.
Si confía en nosotros, recibirá un asesoramiento integral que cubre todo el proceso.