¿Qué documentación tendrán que aportar?
- La certificación literal de nacimiento de ambos, expedida por el Registro Civil correspondiente al lugar de su nacimiento.
- La certificación de empadronamiento o residencia acreditativa del domicilio de los dos últimos años.
- Una instancia firmada por los interesados, además de una declaración jurada o afirmación solemne del estado civil de los solicitantes.
- Una fotocopia del documento identificador de cada uno de ellos, entendiendo como tal el DNI, el pasaporte o la tarjeta de residencia.
No obstante, si tiene dudas acerca de lo expuesto no dude contactar con nuestros abogados. Tenemos despacho en Barcelona y estaremos encantados de asesorarle y asistirle en todo aquello que resulte necesario.