miércoles, 28 de enero de 2015

Asistencia rechazos en aeropuertos

Rechazo en aeropuertos: recursos

Siendo una de las situaciones que mayor estrés genera entre quienes la padecen, en ellas resulta básico contar con un abogado con experiencia en este tipo de asistencia (esto es, que conozca al detalle el modo en que actúan las autoridades en frontera) a fin de evitar la expulsión antes de ser escuchando por un juez.

Asistencia rechazos en aeropuertos

Resulta necesario, a su vez, conocer qué circunstancias, en principio, hacen que sea ilegal la entrada en España. Entre ellas, destaca el haber sido expulsado con anterioridad, estar sujeto a reclamación internacional por crímenes, significar un peligro para el orden y/o la salud públicos o no especificar el objeto y condiciones del viaje.

En este sentido, los funcionarios responsables del control de entrada, en función, entre otras circunstancias, del motivo y duración del viaje podrán exigirles la presentación de documentos que justifiquen o establezcan la verosimilitud de la razón de entrada invocada. Para ello, los extranjeros podrán presentar cualquier documento o medio de prueba que, a su juicio, lo justifique. Entre ellos:

  • Billete de vuelta o de circuito turístico.
  • Para los viajes de carácter profesional, alternativamente:
a) La invitación de una empresa o de una autoridad expedida para participar en reuniones de carácter comercial, industrial o vinculadas a la actividad.
b) Documentos de los que se desprenda que existen relaciones comerciales o vinculadas a la actividad.
c) Tarjetas de acceso a ferias y congresos.
  • Para los viajes de carácter turístico o privado, alternativamente:
a) Documento justificativo de la existencia de lugar de hospedaje a disposición del extranjero: bien emitido por el establecimiento de hospedaje o bien consistente en carta de invitación de un particular, cuyo contenido habrá de responder exclusivamente a que quede constancia de la existencia de hospedaje cierto a disposición del extranjero.La carta de invitación(que, en ningún caso, suplirá la acreditación por el extranjero de los demás requisitos exigidos para la entrada)contendrá la información relativa a si el alojamiento supone o no la cobertura de toda o parte de su manutención.
b) Confirmación de la reserva de un viaje organizado.
  • Para los viajes por motivos de estudios o formación: matrícula o documentación acreditativa de la admisión en un centro de enseñanza.

  • Para los viajes por otros motivos, alternativamente:
a) Invitaciones, reservas o programas.
b) Certificados de participación en eventos relacionados con el viaje, tarjetas de entrada o recibos.


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