lunes, 22 de junio de 2015

Certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea

Es obligatorio que los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea que vayan a residir en España durante más de tres meses soliciten su inscripción en el Registro Central de Extranjeros.

El derecho de residencia en territorio español será otorgado si la persona que lo pide es trabajador por cuenta ajena en España, o por cuenta propia, y además, tiene los medios y recursos suficientes para mantenerse a sí mismo y su familia, de manera que no suponga una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia. Debe traer un seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, que proporcione cobertura en España durante su período de residencia equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud.

Si el ciudadano que solicita el registro es estudiante, deberá estar matriculado en un centro público o privado reconocido o financiado por la administración educativa para cursar estudios o formación profesional. También se le exigirá contar con un seguro de enfermedad público o privado contratado en España u otro país que proporcione una cobertura completa en España, y poseer los recursos suficientes como para no suponer una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia.


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